No puede pues alegarse discriminación cuando la distinción es objetiva y razonable, ya que los convenios a comparar ni son escindibles en partes determinadas arbitrariamente, ni son comparables entre sí, pues son distintos los Estados firmantes y, en consecuencia, los supuestos de aplicación.
若是这种区分客观而合理,就不会提出歧视的指
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也许不可以把用于比较的协定分
任意组成部分,各部分之间是无法
比较的,
签署国是不同的国家,所采用的基准也就各异。
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