Las personas con derecho a remuneraciones en efectivo para que otra persona se ocupe de ellas son las personas con discapacidad o alteraciones físicas o psíquicas, así como las personas mayores y desválidas que por sus cambios de salud requieren el cuidado permanente de otra persona.
Un sardinero de viejos y viejas, de lisiados y matrimonios que ya no disimulaban el fastidio, bostezo y bostezo, seguían desde los bancos y escaños del jardín a los paseantes, que no dejaban muchacha sin piropo ni amigo sin saludo.