El Servicio de Extranjería y Fronteras dispone de dispositivos de detección en todos los puntos fronterizos para identificar posibles documentos falsos o falsificados.
Por otra parte, el Código Penal de Burundi, en su artículo 257 y siguientes, reprime severamente los errores cometidos en determinados documentos administrativos.
Si bien la mayoría de las pólizas fueron verificadas por los aseguradores, se informó de que algunas de ellas habían sido inventadas o eran sospechosas.