2.La profundidad de la cubierta de arena, la ubicación remota y el bajo valor influyeron negativamente en la posible viabilidad económica de la explotación minera.
3.Las actividades de investigación en los fondos marinos pueden alterar las condiciones ambientales y provocar perturbaciones nocivas para los organismos similares a las de la explotación minera de los fondos marinos.
4.Ése es el motivo de que las minas existentes en el país no sean objeto de reclamaciones de propiedad de los derechos sobre los yacimientos por parte de las comunidades residentes en las zonas de explotación y prospección minera.
5.La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos ha patrocinado varios estudios científicos y seminarios sobre el medio de los fondos marinos y los posibles efectos de la explotación minera como base para reglamentaciones que protejan el medio ambiente.
6.A medida que se acotan mejor las tecnologías de explotación minera y las tasas y pautas de liberación, los estudios de procesos para hacer frente a los efectos de concentración de nutrientes y tóxicos de las liberaciones producidas por la explotación minera serán fundamentales para evaluar las amenazas a la biodiversidad de la columna de agua.
7.Los seminarios han tratado gran variedad de temas, entre ellos la evaluación de las repercusiones ambientales de las actividades en la Zona, el desarrollo de tecnologías para la explotación minera de los fondos marinos profundos, las condiciones y perspectivas de los recursos minerales de los fondos marinos profundos distintos de los nódulos polimetálicos, la normalización de las técnicas para la recopilación y el análisis de datos y las perspectivas para la colaboración internacional en la investigación ambiental marina para mejorar la comprensión del medio marino profundo, incluida su biodiversidad.